La reforma de la ley de zonas francas traerá una apertura económica para Guatemala, y esto porque se han eliminado varias actividades que se consideraban prohibidas realizar dentro de estas zonas.
Con la entrada en vigor del Decreto 6-2021, el país busca atraer inversionistas para que desarrollen las siguientes actividades:
- Alimentos procesados, galletas, aceites, margarina, pastas, salsas, lácteos, y sopas.
- Alimentos para animales
- Cuero y Calzado
- Plástico y sus manufacturas
- Medicamentos
- Industria cosméticas
- Pinturas
- Muebles
- Productos cerámicos
- Juguetes
- Aparatos eléctricos y electrodomésticos con fines de venta o arrendamiento hacia Guatemala
- Centro de recreación y hoteles
Con este cambio, prácticamente Guatemala vuelve a abrir sus puertas al mundo como una plaza interesante para hacer negocios, este cambio se espera que genere una cantidad importante de empleo en el país, y que esto detone en más pago de seguridad social y más capacidad de consumo para los guatemaltecos, lo cual genera IVA. Es preciso señalar que el IVA sigue siendo el impuesto más importante para la recaudación guatemalteca con números superiores al 54% del total de la recaudación del país por tipo de impuesto.
Los beneficios que tendrán las empresas que quieran operar mediante esta ley son: exoneración e ISR por un periodo de 10 años, exoneración de IVA e impuestos de importación para la maquinaria y equipos para desarrollar sus actividades productivas, así como de partes e inventarios, en tanto no se vendan al mercado nacional.
En lo que se refiere a la actividad de recreación y hoteles, vamos a esperar cuál será la posición del Ministerio de Economía sobre este asunto.
Por: Edy Oswaldo Pérez
CEO & Tax Partner – Grant Thornton Guatemala