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Sistemas de fiscalización de transacciones comerciales

Las operaciones mercantiles realizadas por contribuyentes jurídicos, individuales u otros patrimonios o entes, generan comúnmente obligaciones tributarias, las cuales están sujetas a comparación por parte de la Administración Tributaria, cuyo propósito es verificar que las transacciones reportadas sean las mismas a la realidad actividad económica de los contribuyentes; es decir, la compra y venta de bienes o prestación de servicios.

En los procesos de fiscalización los contribuyentes están obligados a proporcionar cualquier tipo de información solicitada a la Administración Tributaria, ya que el Código Tributario en el Artículo 30, 30 A, 30 B y 30 C establece 3 tipos de requerimientos planteados, que son: Información respecto a terceros, información sobre producción, transporte y distribución; y en último caso, el ente fiscalizador podrá en aquellos casos que exista duda razonable de sus actividades mercantiles; mediante juez competente y éste le autorice, solicitar información relacionada con movimientos bancarios, transacciones, inversiones, activos disponibles u otras transacciones realizadas.

Adicionalmente, otros tipos de control realizados por la Administración Tributaria son los laborales, ya que éste ha realizado alianzas con el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con el fin de salir a verificar el cumplimiento de estos regímenes y las condiciones laborales de la fuerza laboral guatemalteca.

Es importante indicar, que desde el 2013 el fisco está obligado a intercambiar información en períodos no mayores a 3 meses con el Seguro Social, lo cual está establecido en el Articulo 21 numeral 6) de la Ley de Actualización Tributaria.

Otra herramienta que utiliza la Administración Tributaria para verificar el cumplimiento de obligaciones tributaras, es a través de los agentes de retención, figura contenida en el Decreto 20-2006 denominado Disposiciones para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria, que tiene como propósito recaudar un porcentaje del IVA generado en las operaciones comerciales que se realicen afectas a este impuesto, para observar si los contribuyentes reportan todas sus transacciones de ventas o servicios prestados.

En la actualidad uno de los efectos en la economía que ha dejado la pandemia de COVID-19 es el uso del comercio electrónico como canal de ventas, la participación de los emisores de tarjeta de crédito como agentes de retención en estas transacciones, mediante el uso de tarjetas de crédito o débito como medio de pago para el consumo de bienes o adquisición de servicios, esta información es utilizada para ser comparado por el fisco, ya que estos datos llegan a SAT al momento de utilizar este medio de pago. Por lo anterior, es importante que los contribuyentes deben facturar todas las transacciones, de lo contrario, la SAT puede detectar omisiones al realizar los cruces de información con los emisores de tarjetas.

Desde el año 2018 que fue publico el régimen de factura electrónica en línea (FEL), con el pasar de los años los contribuyentes han migrado a esté sistema de facturación, lo cual permitirá ser una herramienta eficaz para la Administración Tributaria considerando que a partir de Julio 2021 los nuevos contribuyentes estarán obligados a utilizar este medio para emitir sus documentos tributarios autorizados. Además, en marzo 2021 el ente fiscalizador lanzó su aplicación gratuita para la emisión de facturas electrónicas en línea, con el propósito de asegurar que los contribuyentes puedan emitir sus documentos tributarios de forma ágil y sencilla. Con la modernización de los recursos digitales puestos a disposición por SAT hace que la recaudación de impuestos sea analizada en forma oportuna y tiempo real, permitiendo controlar las operaciones de los contribuyentes y tener una idea anticipada del cumplimiento de las metas plasmadas sobre dicha entidad.

 

 

Escrito por: Diego Hernández - Tax Manager

 

 

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